Saneamiento Inmobiliario
Regularización de edificaciones de conformidad con la Ley Nº 271571.
La regularización de edificaciones se encuentra contemplada en el Título I de la Ley Nº 271571, este procedimiento de regularización de edificaciones es un procedimiento simplificado que no requiere de aprobación municipal ni de ninguna otra autoridad. Sólo necesita la participación de un verificador responsable (arquitecto o ingeniero), así como la manifestación de voluntad de los propietarios del predio a través de un formulario registral (FOR), con certificación notarial de firmas (entre otros requisitos).
El artículo 3 de la Ley Nº 27157 fue modificado por la Ley Nº 30830 publicada en el diario oficial “El Peruano” el 27/7/2018, precisándose que los propietarios de edificaciones ejecutadas hasta el 31/12/2016, que hayan sido construidas sin licencia de construcción, conformidad de obra o que no cuenten con declaratoria de fábrica, independización y/o reglamento interno, de ser el caso, pueden sanear su situación de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley.
Así que, si ampliaste tu azotea, modificaste tu construcción contáctanos que nosotros te ayudamos con todo, inscribimos la edificación, y actualizamos tu autoevaluó a nivel municipal.
